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SCJN permite preparar alimentos con cannabis para consumo personal

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México
Por: Redacción 2026-09-11 8:37 AM
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La resolución aplica a personas adultas que cuenten con autorización para autoconsumo

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas adultas que cuenten con autorización para el consumo recreativo de cannabis pueden incorporarla a alimentos preparados o semipreparados, siempre que estos sean destinados exclusivamente a su consumo personal.

Al resolver un recurso de inconformidad, el Pleno de la Corte consideró que mezclar cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) con alimentos para autoconsumo constituye una actividad culinaria ordinaria y no equivale a fabricar productos sujetos a un régimen sanitario especializado.

Sin embargo, la resolución no permite comercializar, distribuir, suministrar ni vender estos alimentos a otras personas. El alcance de la autorización queda limitado a quien sea titular de ella y al consumo personal.

La SCJN mantuvo además las restricciones establecidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para elaborar productos con cannabis que están sujetos a controles sanitarios específicos, entre ellos medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, cosméticos, vapeadores y dispositivos análogos.

La decisión se incorpora a la línea de resoluciones de la Corte sobre el autoconsumo de cannabis. Desde 2015 y, posteriormente, en 2021, el máximo tribunal avanzó en la eliminación de la prohibición absoluta del autoconsumo lúdico. Bajo el esquema vigente, la autorización sanitaria puede comprender actividades como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis y THC para consumo personal, pero no su importación, comercio, suministro o distribución.